Preguntas frecuentes

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TALLER FINANCIERO TRAUMA CENTER

PREGUNTAS FRECUENTES Y REQUISITOS DEL CONTRATO

¿Quien es elegible para este programa?

Solo los pacientes que cumplen con la definición de indigente y cumplen los criterios de trauma que no pueden para pagar servicios y para quienes no hay cobertura de terceros en parte o en su totalidad para Los servicios de trauma proporcionados califican bajo este programa de financiamiento. No se realizará ningún reembolso proporcionado para la atención del paciente si el paciente tiene la capacidad de pagar por el servicio pero se niega o no lo paga. 

¿Cuándo puedo facturar el programa?

Para facturar al Condado, el Contratista debe, como mínimo, demostrar que ha realizado esfuerzos razonables para asegurar el pago del paciente mediante la facturación (al menos mensualmente) por un período adicional de no menos de dos (2) meses después de la fecha en que el Contratista facturó por primera vez al paciente. .
REFERENCIA: EXPOSICIÓN B PÁGINA 2

¿Qué documentos tengo que presentar para facturar el programa?

  • UnOriginalFormulario UB-04   
  • UnOriginalFormulario TSCE (Adjunto U-1)  

or  

  • AterminadoOriginal Formulario de incapacidad para cooperar (Adjunto U-2) 
  • Una impresión de los datos en el Sistema de información de emergencias y traumatismos(TEMIS)

Los hospitales deben asegurarse de que todos los elementos de datos de UB-04 coincidan con los elementos de datos de TEMIS. Las reclamaciones elegibles para su inclusión en la metodología de pago del Condado solo incluir reclamaciones para las cuales toda la documentación requeridacheca TEMIS.

¿Cuándo se puede enviar un formulario de incapacidad para cooperar (U-2)?

Si no se puede obtener un formulario de acuerdo de TSCE porque el paciente no puede cooperar in proporcionar la información financiera necesaria, luego una certificación de contratista a tal efecto (Adjunto U-2), hospitalesl Certificación de incapacidad para Forma de cooperar debe ser completado.   

Ejemplos iIncluir, pero no necesariamente limitado a situaciones en las que the el paciente ha expiradoed, o está en coma o no, mentalmente incompetente. 

¿Cuál es la diferencia entre Cash / Self y elegible para CHIP?

No hay diferencia en lo que respecta al reembolso. Están definidos en los datos de trauma
Diccionario de la siguiente manera:
Efectivo / Auto: Personas que no están aseguradas y no califican para otra fuente de financiamiento según la capacidad de pago de acuerdo con la política de atención de caridad del hospital, según lo determine el departamento de finanzas del hospital. Para las instalaciones del condado, esto incluye ATP (capacidad de pago).
Chip Elegible: Individuos que califican para el Programa California Healthcare for Indigents, que proporciona fondos limitados para compensar a los pacientes que no pueden pagar los servicios prestados y para quienes no se realizará el pago a través de ninguna cobertura privada o de cualquier programa financiado en su totalidad o en parte por el Estado. o el gobierno federal, incluidos Medi-Cal o Victims of Crime.
Algunos Centros de Trauma usan ambos, ingresan CHIP o Efectivo como primer pagador, o usan solo Efectivo y algunos usan solo CHIP. Las reclamaciones enviadas se reembolsan si TEMIS tiene EFECTIVO / Self o elegible para CHIP en cualquier combinación. Técnicamente, todos los pacientes por los que se envían reclamaciones deben tener elegibilidad para CHIP como primer o segundo pagador, pero siempre que ningún otro pagador esté en TEMIS, el condado pagará.

¿Cuáles son las políticas sobre reembolsos al Condado si el hospital recibe el pago de un paciente o de un tercero pagador por reclamaciones pagadas previamente por el Condado?

Todos y cada uno de los pagos recibidos por el Contratista deben informarse de inmediato y el pago del Condado debe reembolsarse. Cada reembolso debe tener adjunto un Formulario de Reembolso de Pago de Hospital de Trauma (Anexo B-6).   
REFERENCIA: EXPOSICIÓN B PÁGINA 8

¿Qué sucede si el hospital ha presentado una reclamación y el condado no ha emitido el pago, pero se le informa al contratista que existe una responsabilidad de terceros (TPL)?

El contratista debe perseguir el TPL y retirar el reclamo notificando al Condado indicando que hay un TPL pendiente al Coordinador de Reembolso de la Agencia de EMS al (562) 347-1590.   
REFERENCIA: EXPOSICIÓN B PÁGINAS 8 Y 9

¿Debería el hospital continuar buscando la cobertura de un tercero pagador una vez que la reclamación se haya presentado al condado para su reembolso?

NO, el Contratista solo presentará reclamaciones que han determinado no tienen otra fuente de pago y el paciente es indigente. Si después de la presentación de las reclamaciones, el Contratista descubre que el paciente tiene cobertura de seguro, el Contratista notificará al Condado y remitirá al pagador al Condado, ya que el Contratista subroga todos sus derechos sobre la reclamación una vez que presente la reclamación.

¿Cuáles son los procedimientos si un representante externo (por ejemplo, un ajustador de reclamos de seguros) o el abogado de un paciente se comunican con un proveedor con respecto a un litigio pendiente por un reclamo presentado anteriormente?

El Contratista deberá indicar que el reclamo por los servicios prestados a su cliente es asignado y subrogado al Condado y referir a dichos representantes al contacto designado del Condado.  (Contratista cooperará razonablemente con Condado en su esfuerzos de recolección).

¿Qué tarifas se pagaría al contratista si el paciente es admitido (es decir, el 29 de junio y dado de alta el 5 de julio)?

Este reclamo sería parte del año fiscal que finalizó en junio. El pago por parte del Condado al Contratista por dichos pacientes será a las tarifas vigentes en la fecha.

¿Se puede presentar una reclamación si hay una responsabilidad de terceros pendiente?

Sí, pero estas reclamaciones no deben enviarse hasta que Diciembre Se acerca el 31º plazo. Es posible que estas reclamaciones no se paguen, pero se contarán para el total de contrapartida de Medi-Cal.

¿Quién se considera el último recurso de pago, el condado o las víctimas de delitos (VOC)?

Una víctima de un crimen se considera el último recurso de pago.
REFERENCIA: CARTA DE COV ADJUNTA

¿Puede un proveedor facturar al Programa de Víctimas de Crímenes (VCP) y presentar la reclamación al Programa de Reembolso de Trauma?

NO, en cualquier momento durante el período de reclamación, el hospital puede elegir entre lo siguiente:

  • Envíe la reclamación a VCP y NO ENVÍE al condado or 
  • Envíe la reclamación al condado yNO SOMETIRSE A VCP

Si la reclamación se envía al condado y luego una hhospital recibe el pago de VCP el el hospital debe entregar el pago de VCP al condado. 

¿Qué sucede si se recibe un pago de un tercero pagador y éste ofrece menos de lo que reembolsó el condado? ¿Puedo negarme a aceptar su pago?

No. Debe notificar inmediatamente al condado y reembolsar el pago del condado.

¿Los pacientes bajo custodia están cubiertos por este programa?

Dado que las reclamaciones en custodia se pagan a una tasa baja, se incluirán fondos adicionales del desplegable UDireccióncubo asegurado cuando el pago es yoacudido a los centros de trauma para Reclamaciones bajo custodia. 

1.Cuales son los procedimientos si se recibe el pago para reclamos de custodia? 

  • No envíe reclamo si ppago es rconcebido para custodia Información 
  • Actualizar el Base de datos TEMIS indicar al Pagador 1 como En custodia. 
  • TÉMIS capturará los datos para reclamaciones consideradas En Custodia.  

2.¿Cuáles son los procedimientos si no-ppago se recibe el En custodia cacostarses? 

  • Enviar reclamar si ppago no se recibe para reclamo en custodia   
  • Incluir una copia de las carta de denegación de la policía o  
  • TLas notas del paciente que indican la razón por la cual la reclamación fue negado
  • La base de datos TEMIS debe indicar Payor 1 como Indigentes del condado.

¿Cuál es la base para el número de días de hospitalización reembolsados?

La cantidad de días de hospitalización pagados se basará en la cantidad de cargos por habitación de día de hospital en el UB-92, pero no excederá la cantidad de días calculados entre las fechas de admisión y alta. Los reclamos que incluyan cargos por habitación de día en el hospital en el UB-92 que excedan el número calculado de días entre la admisión y el alta hospitalaria serán devueltos para corrección.hospitalización, no son elegibles. (La clave es el estado durante la hospitalización).